Ciudadano Lorenzo Mendoza, para su informacion, el
Proyecto país Venezuela reconciliada,
(la propuesta de los gochos), tiene la finalidad de presentar a los
venezolanos y a la Comunidad Internacional una ruta de acción estrictamente
Constitucional, para que los ciudadanos decidan de una manera pacífica y
democrática la forma de Estado y de gobierno que deseen darse, sustentado en un
nuevo Proyecto de País, haciendo uso del Derecho Humano a la participación Política
garantizado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de
1999, y en todos los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos
suscritos por la República, como la única vía para el logro de la reconciliación
y la paz en Venezuela.
Esta
propuesta, se basa en el resultado de nuestro estudio, para inducir el GRAN
CAMBIO, del modelo centralista del poder que nos ha traído a la caótica situación
de colapso actual, cambio hacia lo positivo, o sea cambiar el modelo actual (el
mismo usado por más de 200 años) por el modelo federal de poder descentralizado
que usan los países más desarrollados del planeta.
La propuesta ya
tiene diseñadas unas Bases
Constituyentes para la convocatoria al Soberano Pueblo de Venezuela a una Asamblea Nacional Constituyente, en el
ejercicio pleno de la iniciativa constituyente prevista en el Artículo 70 de la
Constitución, para convocar, sin más requisito que nuestra propia voluntad, al
Poder Constituyente Originario conforme a lo establecido en el Artículo 347.
De esta manera,
en ejercicio de nuestro derecho humano a la participación política, nos
constituimos en una Fuerza Activadora
del Poder Constituyente Originario, con el propósito de organizar en toda
Venezuela un proceso de Recolección de Firmas mas allá del mínimo requerido del
15% del Registro Civil y Electoral, en concordancia con el Articulo 348 de la
Constitución, con la obligación constitucional para los Poderes Constituidos de
facilitar la generación de las condiciones más favorables para la participación
del pueblo, con intervención de todos los sectores políticos, sociales,
económicos, culturales, laborales y profesionales del país.
Se
esgrime como principio fundamental para esta
iniciativa, que la activación del Poder Constituyente Originario es y será
siempre anterior y superior a cualquier Constitución. De acuerdo a la sentencia
de la Corte Suprema de Justicia de fecha 19 de enero de 1999, con respecto al
poder constituyente que se manifestó en 1999, “Un sistema participativo…. consideraría
que el pueblo retiene siempre la soberanía ya que, si bien puede ejercerla a
través de sus representantes, también puede por sí mismo hacer valer su
voluntad frente al Estado. Indudablemente quien posee un poder y puede
ejercerlo delegándolo, con ello no agota
su potestad, sobre todo cuando la misma es originaria, al punto que la
propia Constitución lo reconoce. De allí que el titular del poder (soberanía)
tiene implícitamente la facultad de hacerla valer sobre aspectos para los
cuales no haya efectuado su delegación.”.
Entonces, su
ser es esencialmente existencial y no normativo. La voluntad originaria del pueblo está fuera y por encima del
derecho positivo y por tanto, existe la imposibilidad para el Poder Constituido
de codificar la activación y desarrollo del poder constituyente originario.
La
propuesta de los gochos, detalla las instancias supra constitucionales que se
crean una vez alcanzado el número de firmas establecido en la Constitución para
la conducción del Proceso Constituyente Originario convocado por iniciativa
popular, por encima de la actuación de los poderes Constituidos, incluyendo al
Poder Electoral.
Se
crean de esta manera:
El
Consejo Nacional Constituyente (CNC) que representará dentro y fuera de Venezuela al Proceso
Constituyente Originario, describiendo su relación con los Poderes
Constituidos.
El
Tribunal Electoral Constituyente (TEC), quien organizará y llevará a cabo el
Proceso Electoral de los candidatos a Constituyentes.
El
Fondo Financiero del Proceso
Constituyente (FFPC), cuyo objeto
central es administrar los recursos económicos destinados a garantizar la
ejecución del proceso constituyente originario.
La
Contraloría del Proceso Constituyente, que tendrá por
objeto el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes
durante todo el Proceso.
Se describen en
detalle las Bases Comiciales con las reglas que regirán el proceso
de elección de los ciudadanos Constituyentes, y los mecanismos de participación
y elección de los sectores de la sociedad civil para un sano equilibrio de
estos frente a los sectores políticos, garantizando a todos los participantes
la representación proporcional y el pluralismo político.
Para la propuesta se requiere recoger
un número de firmas o voluntades de, por lo menos el 15% de los electores
inscritos en el Registro Civil y Electoral, lo cual equivale actualmente
aproximadamente a Tres Millones (3.000.000) de Firmas, las cuales una vez
recolectadas ya representan la convocatoria efectiva y vinculante del Poder
Constituyente del Pueblo.
Como ya la Asamblea Constituyente
está prevista en la Constitución de 1999, incluso, dejando claro su carácter
originario y requisitos de convocatoria, los tiempos para la elección e
instalación de una Asamblea Constituyente, una vez el acuerdo unánime de la
oposición, podrían ser tal vez 4 meses, máximo 6, con un cronograma debidamente
elaborado.
La Asamblea Constituyente, al
instalarse, podría, en ejercicio de la soberanía popular y del Poder
Constituyente del Pueblo, cesar en sus cargos al Presidente, Vicepresidentes y
Ministros, y NOMBRAR UN NUEVO GOBIERNO
DE TRANSICIÓN mientras se redacta, aprueba en referendo y entra en vigencia
una nueva Constitución que contenga plasmado el modelo descentralizado en que
se manejaría el nuevo gobierno, que se elige por elecciones transparentes. (Recordemos
que hasta el mismo Hugo Chávez tuvo que poner su cargo a la orden de la
Asamblea Constituyente en agosto de 1999, la cual luego lo ratificó en ese
cargo, como Presidente, hasta que se convocaran nuevas elecciones)
Esta es una vía posible y realmente
eficaz en la práctica para un cambio pacífico, constitucional, democrático y electoral no
solo del modelo causante de la crisis, sino también del Gobierno y del Presidente.
No obstante, es el pueblo el que
tiene y debe tener la última palabra.
Eso es lo que imponen las reglas
democráticas.
En todo caso le obsequiamos al igual que a Venezuela
nuestro trabajo:
1) LA REBELION DE LAS REGIONES
https://drive.google.com/file/ d/0BzcKJiZz6jwbTW0wVkV6elJrQW1 YODNucFVWdERUVDkyWmJF/view? usp=sharing …
…
2) PROYECTO PAÍS
VENEZUELA RECONCILIADA:
https://drive.google.com/file/d/0BxhihA5EBbX2UGVZdHJOcmFwX28/view?usp=sharing
Atte. Luis Balo Farias
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