Libro Digital La Rebelión de las regiones

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domingo, 19 de marzo de 2017

Al outsider del país, Lorenzo Mendoza por Luis Balo Farias



Ciudadano Lorenzo Mendoza, para su informacion, el Proyecto país Venezuela reconciliada, (la propuesta de los gochos),  tiene la finalidad de presentar a los venezolanos y a la Comunidad Internacional una ruta de acción estrictamente Constitucional, para que los ciudadanos decidan de una manera pacífica y democrática la forma de Estado y de gobierno que deseen darse, sustentado en un nuevo Proyecto de País, haciendo uso del Derecho Humano a la participación Política garantizado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, y en todos los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos suscritos por la República, como la única vía para el logro de la reconciliación y la paz en Venezuela.

Esta propuesta, se basa en el resultado de nuestro estudio, para inducir el GRAN CAMBIO, del modelo centralista del poder que nos ha traído a la caótica situación de colapso actual, cambio hacia lo positivo, o sea cambiar el modelo actual (el mismo usado por más de 200 años) por el modelo federal de poder descentralizado que usan los países más desarrollados del planeta.

La propuesta ya tiene diseñadas unas Bases Constituyentes para la convocatoria al Soberano Pueblo de Venezuela a una Asamblea Nacional Constituyente, en el ejercicio pleno de la iniciativa constituyente prevista en el Artículo 70 de la Constitución, para convocar, sin más requisito que nuestra propia voluntad, al Poder Constituyente Originario conforme a lo establecido en el Artículo 347.

De esta manera, en ejercicio de nuestro derecho humano a la participación política, nos constituimos en una Fuerza Activadora del Poder Constituyente Originario, con el propósito de organizar en toda Venezuela un proceso de Recolección de Firmas mas allá del mínimo requerido del 15% del Registro Civil y Electoral, en concordancia con el Articulo 348 de la Constitución, con la obligación constitucional para los Poderes Constituidos de facilitar la generación de las condiciones más favorables para la participación del pueblo, con intervención de todos los sectores políticos, sociales, económicos, culturales, laborales y profesionales del país.

Se esgrime como principio fundamental para esta iniciativa, que la activación del Poder Constituyente Originario es y será siempre anterior y superior a cualquier Constitución. De acuerdo a la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de fecha 19 de enero de 1999, con respecto al poder constituyente que se manifestó en 1999, “Un sistema participativo…. consideraría que el pueblo retiene siempre la soberanía ya que, si bien puede ejercerla a través de sus representantes, también puede por sí mismo hacer valer su voluntad frente al Estado. Indudablemente quien posee un poder y puede ejercerlo delegándolo, con ello no agota su potestad, sobre todo cuando la misma es originaria, al punto que la propia Constitución lo reconoce. De allí que el titular del poder (soberanía) tiene implícitamente la facultad de hacerla valer sobre aspectos para los cuales no haya efectuado su delegación.”. Entonces, su ser es esencialmente existencial y no normativo. La voluntad originaria del pueblo está fuera y por encima del derecho positivo y por tanto, existe la imposibilidad para el Poder Constituido de codificar la activación y desarrollo del poder constituyente originario.

La propuesta de los gochos, detalla las instancias supra constitucionales que se crean una vez alcanzado el número de firmas establecido en la Constitución para la conducción del Proceso Constituyente Originario convocado por iniciativa popular, por encima de la actuación de los poderes Constituidos, incluyendo al Poder Electoral.

Se crean de esta manera:

El Consejo Nacional Constituyente (CNC) que representará  dentro y fuera de Venezuela al Proceso Constituyente Originario, describiendo su relación con los Poderes Constituidos.

El Tribunal Electoral Constituyente (TEC), quien organizará y llevará a cabo el Proceso Electoral de los candidatos a Constituyentes.

El Fondo Financiero del Proceso Constituyente (FFPC), cuyo objeto central es administrar los recursos económicos destinados a garantizar la ejecución del proceso constituyente originario.

La Contraloría del Proceso Constituyente, que tendrá por objeto el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes durante todo el Proceso.

Se describen en detalle las Bases Comiciales con las reglas que regirán el proceso de elección de los ciudadanos Constituyentes, y los mecanismos de participación y elección de los sectores de la sociedad civil para un sano equilibrio de estos frente a los sectores políticos, garantizando a todos los participantes la representación proporcional y el pluralismo político.

Para la propuesta se requiere recoger un número de firmas o voluntades de, por lo menos el 15% de los electores inscritos en el Registro Civil y Electoral, lo cual equivale actualmente aproximadamente a Tres Millones (3.000.000) de Firmas, las cuales una vez recolectadas ya representan la convocatoria efectiva y vinculante del Poder Constituyente del Pueblo.  

Como ya la Asamblea Constituyente está prevista en la Constitución de 1999, incluso, dejando claro su carácter originario y requisitos de convocatoria, los tiempos para la elección e instalación de una Asamblea Constituyente, una vez el acuerdo unánime de la oposición, podrían ser tal vez 4 meses, máximo 6, con un cronograma debidamente elaborado.

La Asamblea Constituyente, al instalarse, podría, en ejercicio de la soberanía popular y del Poder Constituyente del Pueblo, cesar en sus cargos al Presidente, Vicepresidentes y Ministros, y NOMBRAR UN NUEVO GOBIERNO DE TRANSICIÓN mientras se redacta, aprueba en referendo y entra en vigencia una nueva Constitución que contenga plasmado el modelo descentralizado en que se manejaría el nuevo gobierno, que se elige por elecciones transparentes. (Recordemos que hasta el mismo Hugo Chávez tuvo que poner su cargo a la orden de la Asamblea Constituyente en agosto de 1999, la cual luego lo ratificó en ese cargo, como Presidente, hasta que se convocaran nuevas elecciones)

Esta es una vía posible y realmente eficaz en la práctica para un cambio pacífico,  constitucional, democrático y electoral no solo del modelo causante de la crisis, sino también del Gobierno y del Presidente.

No obstante, es el pueblo el que tiene y debe tener la última palabra.

Eso es lo que imponen las reglas democráticas.

En todo caso le obsequiamos al igual que a Venezuela nuestro trabajo:

1) LA REBELION DE LAS REGIONES

2) PROYECTO PAÍS VENEZUELA RECONCILIADA:

https://drive.google.com/file/d/0BxhihA5EBbX2UGVZdHJOcmFwX28/view?usp=sharing

Atte. Luis Balo Farias

martes, 14 de marzo de 2017

161 años despues, la noticia de mañana debería ser: "El Estado Táchira solicita, vía referéndum, su autonomía política, económica, social y cultural integral" Por Luis Balo Farias


Un día como hoy, en 1856, nace oficialmente la provincia del Táchira, los paisanos de entonces,  buscaron la creación de su propio estado para separarse de Mérida.
 
Durante la presidencia de José Tadeo Monagas los representantes de Torbes, Lobatera, La Grita y San Cristóbal, acudieron al Congreso Nacional para eliminar la dependencia política de Mérida y lograr su autodeterminación territorial y administrativa.

Fue en ese momento en que el 14 de marzo de 1856 se decreta la creación del Táchira.

Con la llegada de Antonio Guzmán Blanco al poder, el Táchira desaparece parcialmente para integrar el nuevo Gran Estado de Los Andes. 

No sería sino hasta la llegada del General Cipriano Castro como presidente constitucional de la República, donde nacería el Táchira que hoy se conoce, pues dictó el 28 de octubre de 1899 un decreto del cual surgieron de nuevo como unidades autónomas los 20 Estados de la Constitución Federal de 1864, entre ellos este estado. 

A 161 años de ese evento histórico,  luego del estrepitoso fracaso que ha significado vivir bajo el yugo del modelo de poder basado en el centralismo en Venezuela, que lo podemos dibujar gráficamente por el hecho de estar transitando 97 años despues, por la misma carretera, desde San Cristóbal hasta Cúcuta, que construyo nuestro paisano Juan Vicente Gómez el 24 de julio 1925; por tanto, creemos que ya tenemos los pantalones suficientemente grandes como para  reclamar y asumir nuestro propio desarrollo.

La noticia de mañana debería ser: "El Estado Táchira solicita, vía referéndum, su autonomía política, económica, social y cultural integral"

Reflexionando que :
El desarrollo es aumento en el crecimiento político, económico, social, y cultural de una sociedad.

La Política tiene que aprender a hacer los cambios a tiempo.

Las leyes nacen para ser perfeccionadas.

Ya el petróleo es un commodity en decadencia.
El ciudadano está intoxicado de presidencialismo.

Tenemos que salir  a enseñar al pueblo lo que es la Autonomía regional.
En la Democracia Parlamentaria regional, la renta pública proviene del pueblo y es una renta para el ciudadano.

Los nuevos municipios del estado Táchira, serán un proyecto de cambio político, estructural e institucional. 

Los Tachirenses aspiramos un EFDescentralizado integralmente autónomo; que nos garantice y blinde una auténtica autonomía regional para que la responsabilidad de proyectar, instalar y ofrecer los servicios, que actualmente de manera precaria trata de ofrecer el Presidente de la República de turno, sean atribución  del estado y de los 81 nuevos municipios (52 parroquias y centros poblados importantes que ascenderían a municipios autónomos.

Es la manera de aproximar el poder político al ciudadano, estableciendo con rango Constitucional:
La Autonomía Política Regional (Capacidad para regirse por sus propias normas y darse sus Autoridades).
La Autarcía (Autosuficiencia económica de una región o municipio para adquirir recursos fiscales y no fiscales necesarios para asumir sus responsabilidades de desarrollo).
La Autoría (Responsabilidad directa de entes y funcionarios, conforme a sus correspondientes competencias y, también, control, reconocimiento y sanción por el pueblo e instancias competentes, de los resultados, eficacia y eficiencia obtenidos). Todo lo cual  apuntan a lograr 1 (un) Estado y 81 nuevos municipios autónomos y fuertes.
Antecedentes:
La separación de poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo, sirve a este propósito; ya estaba presente en la Biblia en el Gobierno del primer Estado federal de poder descentralizado (EFD) monárquico constitucional que coronó al primer rey  judío, Saúl (año 1100 aC)

La enseñanza fue tomada en cuenta por los padres fundadores de EE UU especialmente Alexander Hamilton y James Madison, quienes afirmaban; debido a que la propensión natural del hombre es hacia el egoísmo; que ​​"Si los hombres fueran ángeles, no sería necesario ningún gobierno ...En la elaboración de un gobierno que va a ser administrado por hombres sobre los hombres, la gran dificultad radica en esto: primero hacer que el gobierno pueda controlar a los gobernados; y en segundo lugar obligarlo a controlarse a sí mismo, al propio gobierno ", y estamparon en la Constitución el llamado “checks and balances system" (pesos y contrapesos del sistema) que distribuye el poder equitativamente entre varias personas e instituciones que se controlan y vigilan mutuamente. 

La experiencia histórica de Venezuela nos enseña que, a pesar de mencionarse en las Constituciones, la separación de poderes no se cumple, entre otras razones, influenciada por la gran centralización de poder en el Presidente de la República.
La  separación de poderes se cumple; si y solo si, un nuevo Pacto Social dispone explícitamente de la implantación de un EFDescentralizado, por eso el Referéndum
Autonomías Regionales - Descentralización
Estados Auto productivos

La autonomía Regional integral para el estado auto productivo y auto gestionado se concretara mediante la descentralización y transferencia constitucional de las atribuciones que hoy detenta el Presidente de la República, mediante Asambleas para un referéndum Constituyente Regional que determinará la organización y funcionamiento de los servicios y procedimientos correspondientes:

Regionalización del IVA y el 50% del impuesto sobre la renta para la hacienda pública regional y municipal, cuya administración se hará con base a una planificación de inversión, bajo la dirección conjunta entre el Gobernador, los Alcaldes y una participación, en igual número de ciudadanos en representación, al Parlamento Regional.

Transferencias de competencias 

Transferencia constitucional al Estado autónomo productivo y/o al Municipio de todas las Tierras (suelo y subsuelo) e Inmuebles en propiedad que en la actualidad son propiedad constitucional del Presidente de la república y por ende de la elaboración de políticas, planificación, ejecución de obras, manejo de los recursos financieros y humanos, y demás bienes de, y, servicios, etc., en pro del mejor aprovechamiento de las riquezas y potenciales de las regiones y los municipios. Este estado productivo tiene que organizar la potenciación industrial de sus bondades naturales.

No se trata de improvisar el proceso de descentralización integral, es preciso planificarlo y evaluarlo cuidadosamente, para que no se repita a escala regional y municipal la nefasta centralización nacional. Es necesario identificar todos los  elementos, obstáculos; y las formas de solucionar todos los problemas inherentes a esta magna tarea. Para ello es que es necesario cambiar a un moderno modelo de sistema político de democracia parlamentaria regional y que en base a ella se forme la organización que pueda gobernar dentro de un marco institucional evolutivo, donde “el hombre va a desarrollar a el hombre” y poder competir en el mundo. Es aprovechar el impulso de lo que nos queda de la renta petrolera para concebir un pensamiento homogéneo de industrialización regional, así seremos responsables de la región y del éxito que ella alcance.

En una sociedad moderna la división política del territorio tiene que responder a cánones y a estructuras novedosas adaptadas a los tiempos actuales. Un EFD ofrece la oportunidad de reorganizar territorialmente los 29 municipios, (y subir a municipios las parroquias y centros poblados importantes existentes), para lograr  una distribución territorial equilibrada de todas las actividades, tanto administrativas como económicas y sociales que establezcan una verdadera justicia distributiva en la ocupación del espacio.


Respuestas al cómo se haría realidad la propuesta?

Basándonos en el art 71 de la Constitución Nacional que establece que las materias de especial trascendencia nacional, se pueden someter a referendo consultivo por iniciativa de un diez por ciento de la población (10%) , el Presidente con sus Ministros o la mayoría de los Diputados, elabore la propuesta de usar la vía referéndum, para consolidar la autonomía política, económica, social y cultural integral del estado Táchira.

Según nuestra constitución, si se trata de una materia regional, la iniciativa además del diez por ciento de la población, puede provenir del Alcalde, el Gobernador, según sea el caso, o por las dos terceras partes de los integrantes de las Juntas Parroquiales, los Concejos Municipales o los Consejos Legislativos, por lo cual se puede adelantar la consulta acá propuesta en el Estado, (si los facultados para ello no lo inician).

El persistente problema del estado (y de todo el país) es que tenemos una sociedad subyugada por un modelo profundamente estatista, centralista, excluyente, hiper-presidencialista al extremo, militarista, dominada por caudillos con excesivas atribuciones y facultades que se traducen en un funcionario sin posibilidad de ser controlado adecuadamente por los otros poderes, ni por la ciudadanía.

La GRAN SOLUCIÓN: El Estado Táchira solicitaría, vía referéndum, su autonomía política, económica, social y cultural integral, para lograr una mayor estabilidad en esas áreas y una vez aprobado, pactar así el primer contrato histórico o pacto social regional, para el desarrollo autonómico de la región.

Con esta consulta a la ciudadania, se puede trabajar en aras de enaltecer los valores democráticos, ya que por un lado se estaría limitando a la figura que más poder detenta en el escenario político nacional que es el Presidente de la República, por otro lado se estarían empoderando a las regiones favoreciendo el proceso de descentralización y a la sociedad civil organizada, dotandola de importantes responsabilidades políticas.

 Muchas Gracias por leerme.