Libro Digital La Rebelión de las regiones

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martes, 14 de marzo de 2017

161 años despues, la noticia de mañana debería ser: "El Estado Táchira solicita, vía referéndum, su autonomía política, económica, social y cultural integral" Por Luis Balo Farias


Un día como hoy, en 1856, nace oficialmente la provincia del Táchira, los paisanos de entonces,  buscaron la creación de su propio estado para separarse de Mérida.
 
Durante la presidencia de José Tadeo Monagas los representantes de Torbes, Lobatera, La Grita y San Cristóbal, acudieron al Congreso Nacional para eliminar la dependencia política de Mérida y lograr su autodeterminación territorial y administrativa.

Fue en ese momento en que el 14 de marzo de 1856 se decreta la creación del Táchira.

Con la llegada de Antonio Guzmán Blanco al poder, el Táchira desaparece parcialmente para integrar el nuevo Gran Estado de Los Andes. 

No sería sino hasta la llegada del General Cipriano Castro como presidente constitucional de la República, donde nacería el Táchira que hoy se conoce, pues dictó el 28 de octubre de 1899 un decreto del cual surgieron de nuevo como unidades autónomas los 20 Estados de la Constitución Federal de 1864, entre ellos este estado. 

A 161 años de ese evento histórico,  luego del estrepitoso fracaso que ha significado vivir bajo el yugo del modelo de poder basado en el centralismo en Venezuela, que lo podemos dibujar gráficamente por el hecho de estar transitando 97 años despues, por la misma carretera, desde San Cristóbal hasta Cúcuta, que construyo nuestro paisano Juan Vicente Gómez el 24 de julio 1925; por tanto, creemos que ya tenemos los pantalones suficientemente grandes como para  reclamar y asumir nuestro propio desarrollo.

La noticia de mañana debería ser: "El Estado Táchira solicita, vía referéndum, su autonomía política, económica, social y cultural integral"

Reflexionando que :
El desarrollo es aumento en el crecimiento político, económico, social, y cultural de una sociedad.

La Política tiene que aprender a hacer los cambios a tiempo.

Las leyes nacen para ser perfeccionadas.

Ya el petróleo es un commodity en decadencia.
El ciudadano está intoxicado de presidencialismo.

Tenemos que salir  a enseñar al pueblo lo que es la Autonomía regional.
En la Democracia Parlamentaria regional, la renta pública proviene del pueblo y es una renta para el ciudadano.

Los nuevos municipios del estado Táchira, serán un proyecto de cambio político, estructural e institucional. 

Los Tachirenses aspiramos un EFDescentralizado integralmente autónomo; que nos garantice y blinde una auténtica autonomía regional para que la responsabilidad de proyectar, instalar y ofrecer los servicios, que actualmente de manera precaria trata de ofrecer el Presidente de la República de turno, sean atribución  del estado y de los 81 nuevos municipios (52 parroquias y centros poblados importantes que ascenderían a municipios autónomos.

Es la manera de aproximar el poder político al ciudadano, estableciendo con rango Constitucional:
La Autonomía Política Regional (Capacidad para regirse por sus propias normas y darse sus Autoridades).
La Autarcía (Autosuficiencia económica de una región o municipio para adquirir recursos fiscales y no fiscales necesarios para asumir sus responsabilidades de desarrollo).
La Autoría (Responsabilidad directa de entes y funcionarios, conforme a sus correspondientes competencias y, también, control, reconocimiento y sanción por el pueblo e instancias competentes, de los resultados, eficacia y eficiencia obtenidos). Todo lo cual  apuntan a lograr 1 (un) Estado y 81 nuevos municipios autónomos y fuertes.
Antecedentes:
La separación de poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo, sirve a este propósito; ya estaba presente en la Biblia en el Gobierno del primer Estado federal de poder descentralizado (EFD) monárquico constitucional que coronó al primer rey  judío, Saúl (año 1100 aC)

La enseñanza fue tomada en cuenta por los padres fundadores de EE UU especialmente Alexander Hamilton y James Madison, quienes afirmaban; debido a que la propensión natural del hombre es hacia el egoísmo; que ​​"Si los hombres fueran ángeles, no sería necesario ningún gobierno ...En la elaboración de un gobierno que va a ser administrado por hombres sobre los hombres, la gran dificultad radica en esto: primero hacer que el gobierno pueda controlar a los gobernados; y en segundo lugar obligarlo a controlarse a sí mismo, al propio gobierno ", y estamparon en la Constitución el llamado “checks and balances system" (pesos y contrapesos del sistema) que distribuye el poder equitativamente entre varias personas e instituciones que se controlan y vigilan mutuamente. 

La experiencia histórica de Venezuela nos enseña que, a pesar de mencionarse en las Constituciones, la separación de poderes no se cumple, entre otras razones, influenciada por la gran centralización de poder en el Presidente de la República.
La  separación de poderes se cumple; si y solo si, un nuevo Pacto Social dispone explícitamente de la implantación de un EFDescentralizado, por eso el Referéndum
Autonomías Regionales - Descentralización
Estados Auto productivos

La autonomía Regional integral para el estado auto productivo y auto gestionado se concretara mediante la descentralización y transferencia constitucional de las atribuciones que hoy detenta el Presidente de la República, mediante Asambleas para un referéndum Constituyente Regional que determinará la organización y funcionamiento de los servicios y procedimientos correspondientes:

Regionalización del IVA y el 50% del impuesto sobre la renta para la hacienda pública regional y municipal, cuya administración se hará con base a una planificación de inversión, bajo la dirección conjunta entre el Gobernador, los Alcaldes y una participación, en igual número de ciudadanos en representación, al Parlamento Regional.

Transferencias de competencias 

Transferencia constitucional al Estado autónomo productivo y/o al Municipio de todas las Tierras (suelo y subsuelo) e Inmuebles en propiedad que en la actualidad son propiedad constitucional del Presidente de la república y por ende de la elaboración de políticas, planificación, ejecución de obras, manejo de los recursos financieros y humanos, y demás bienes de, y, servicios, etc., en pro del mejor aprovechamiento de las riquezas y potenciales de las regiones y los municipios. Este estado productivo tiene que organizar la potenciación industrial de sus bondades naturales.

No se trata de improvisar el proceso de descentralización integral, es preciso planificarlo y evaluarlo cuidadosamente, para que no se repita a escala regional y municipal la nefasta centralización nacional. Es necesario identificar todos los  elementos, obstáculos; y las formas de solucionar todos los problemas inherentes a esta magna tarea. Para ello es que es necesario cambiar a un moderno modelo de sistema político de democracia parlamentaria regional y que en base a ella se forme la organización que pueda gobernar dentro de un marco institucional evolutivo, donde “el hombre va a desarrollar a el hombre” y poder competir en el mundo. Es aprovechar el impulso de lo que nos queda de la renta petrolera para concebir un pensamiento homogéneo de industrialización regional, así seremos responsables de la región y del éxito que ella alcance.

En una sociedad moderna la división política del territorio tiene que responder a cánones y a estructuras novedosas adaptadas a los tiempos actuales. Un EFD ofrece la oportunidad de reorganizar territorialmente los 29 municipios, (y subir a municipios las parroquias y centros poblados importantes existentes), para lograr  una distribución territorial equilibrada de todas las actividades, tanto administrativas como económicas y sociales que establezcan una verdadera justicia distributiva en la ocupación del espacio.


Respuestas al cómo se haría realidad la propuesta?

Basándonos en el art 71 de la Constitución Nacional que establece que las materias de especial trascendencia nacional, se pueden someter a referendo consultivo por iniciativa de un diez por ciento de la población (10%) , el Presidente con sus Ministros o la mayoría de los Diputados, elabore la propuesta de usar la vía referéndum, para consolidar la autonomía política, económica, social y cultural integral del estado Táchira.

Según nuestra constitución, si se trata de una materia regional, la iniciativa además del diez por ciento de la población, puede provenir del Alcalde, el Gobernador, según sea el caso, o por las dos terceras partes de los integrantes de las Juntas Parroquiales, los Concejos Municipales o los Consejos Legislativos, por lo cual se puede adelantar la consulta acá propuesta en el Estado, (si los facultados para ello no lo inician).

El persistente problema del estado (y de todo el país) es que tenemos una sociedad subyugada por un modelo profundamente estatista, centralista, excluyente, hiper-presidencialista al extremo, militarista, dominada por caudillos con excesivas atribuciones y facultades que se traducen en un funcionario sin posibilidad de ser controlado adecuadamente por los otros poderes, ni por la ciudadanía.

La GRAN SOLUCIÓN: El Estado Táchira solicitaría, vía referéndum, su autonomía política, económica, social y cultural integral, para lograr una mayor estabilidad en esas áreas y una vez aprobado, pactar así el primer contrato histórico o pacto social regional, para el desarrollo autonómico de la región.

Con esta consulta a la ciudadania, se puede trabajar en aras de enaltecer los valores democráticos, ya que por un lado se estaría limitando a la figura que más poder detenta en el escenario político nacional que es el Presidente de la República, por otro lado se estarían empoderando a las regiones favoreciendo el proceso de descentralización y a la sociedad civil organizada, dotandola de importantes responsabilidades políticas.

 Muchas Gracias por leerme.

miércoles, 22 de febrero de 2017

Bases Constituyentes Por Luis Manuel Aguana

Bases Constituyentes
Por Luis Manuel Aguana

El nombre fue sugerido por uno de los más respetables juristas venezolanos, quien al leer nuestra primera versión del documento “Bases Constituyentes, Propuesta de los Ciudadanos para la Reconciliación y el Cambio”, sentenció que eso representaba más que unas meras reglas para la elección de constituyentes para una Asamblea Nacional Constituyente, rebautizando el documento de trabajo, que antes llevaba el nombre de Bases Comiciales. Eso fue hace más de tres años. Así de largo ha sido el camino recorrido.

La primera versión de las Bases Constituyentes de la Alianza Nacional Constituyente se hizo pública durante su lanzamiento en el Colegio de Ingenieros de Venezuela el día 17 de Marzo de 2016 (http://ancoficial.blogspot.com/2016/03/lanzamiento-de-la-alianza-nacional.html). La siguiente versión se publicó el 12 de junio de 2016, y la que estuvo publicada hasta ayer correspondió a la versión del 12 de Noviembre de 2016. Se ha venido ajustando en base a las diferentes opiniones fundamentadas de muchos factores políticos y sociales del país en la medida que hemos avanzado en el proceso. Las Bases no están escritas en piedra.

Desde anoche publicamos en nuestro blog en la red, de fecha 21 de febrero de 2017, una nueva actualización más ajustada a las observaciones realizadas a las primeras versiones de la Alianza, que deseo comentar más allá de su contenido -porque las pueden ustedes mismos leer- sino en su significado en el proceso en el que nos hemos empeñado un importante número de venezolanos (pueden descargar el documento desde http://ancoficial.blogspot.com/p/documentos-fundamentales.html).

Pero, ¿por qué comentar este documento ahora y no antes? Porque las personas, que poco a poco han venido enterándose del proceso Constituyente de carácter Originario que estamos impulsando, están cayendo en cuenta de la importancia que este proceso tiene en el desenvolvimiento del problema político en donde estamos metidos en Venezuela y las razones que tenemos para proponerles esta ruta de acción a los venezolanos.

Lo primero que debo decir es que este es un documento inédito. Puede sonar presuntuoso pero posiblemente nunca antes en el mundo moderno nadie haya propuesto nada semejante. Tal vez el antecedente más cercano sea cuando en 1789 el eclesiástico y político francés Emmanuel Joseph Sieyès, propuso su tesis del Tercer Estado en el que indicaba que este se constituía como la “una nación completa y que no necesita a los otros dos estados: el clero y la nobleza” (ver https://es.wikipedia.org/wiki/Tercer_Estado). Veamos:

“Cuando finalmente los Estados Generales de Francia se reunieron en Versalles el 5 de mayo de 1789 y se originaron las disputas respecto al tema de las votaciones, los miembros del Tercer Estado debieron verificar sus propias credenciales, comenzando a hacerlo el 28 de mayo y finalizando el 17 de junio, cuando los miembros del Tercer Estado se declararon como únicos integrantes de la Asamblea Nacional: ésta no representaría a las clases pudientes sino al pueblo en sí. La primera medida de la Asamblea fue votar la «Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano»….Ya el 27 de junio, los representantes de la monarquía se dieron por vencidos, y por esa fecha el Rey mandó reunir grandes contingentes de tropas militares que comenzaron a llegar a París y Versalles. Los mensajes de apoyo a la Asamblea llovieron desde París y otras ciudades. El 9 de julio la Asamblea se nombró a sí misma «Asamblea Nacional Constituyente».” (ver https://es.wikipedia.org/wiki/Revoluci%C3%B3n_francesa).

El pueblo pasó por encima de sus gobernantes –la monarquía- y se constituyeron en Asamblea Nacional Constituyente, con sus propias reglas de actuación. Nadie se paseó allí por la idea de que las reglas según las cuales se constituiría esa Asamblea Constituyente debían pasar por los poderes constituidos para poder deliberar y tomar decisiones respecto a qué hacer con el país. Eso era como que si se le hubiera preguntado al Rey que hacer para salir de él. De allí en adelante es un hecho sin discusión en el mundo que la categoría “pueblo” está por encima de aquellos que gobiernan pues estos devienen su poder precisamente de la Soberanía Popular.

El documento del que estamos hablando aquí y proponemos al pueblo venezolano tiene ese antecedente histórico, según el cual los Poderes Constituidos del Estado deben subrogarse al Poder Constituyente Originario –esto es, al Pueblo- y a sus propias reglas de actuación. Para algunos esto suena escandaloso, pero para sorpresa de muchos ese principio fundamental está contenido en el Artículo 347 de nuestra Constitución de 1999.

Las Bases Constituyentes constituyen el “aterrizaje” de nuestro Proyecto País Venezuela Reconciliada Vía Constituyente, la manera estructurada de hacerlo posible. No se puede soñar un nuevo país sin decir cómo se puede hacer realidad. Se han interpuesto innumerables obstáculos, no solo aquellos que devienen de la actual realidad política venezolana sino de la natural resistencia al cambio de aquellos que siempre han vivido de hacer mal las cosas. Muchos factores en contra de una propuesta que le abriría cauce a la creatividad de nuestro pueblo para resolver sus problemas. Pero hemos sido persistentes.

¿De qué se trata este documento? Con base a nuestro derecho a la participación política consagrado en la Constitución, un grupo de venezolanos redactamos un manifiesto para la historia denominado Bases Constituyentes, donde aquellos que lo suscriban -denominados Activadores- nos constituimos en todo el país en Juntas Activadoras del Poder Constituyente Originario (JAPCOs), cuya misión tiene tres objetivos fundamentales: 1) Recoger las manifestaciones de voluntad del 15% del Registro civil y Electoral en todo el país (Artículo 348); 2) Alcanzado y superado ese mínimo del 15% constitucional, proceder a convocar a un Proceso Constituyente de carácter Originario; 3) Estar en la disposición de defender la voluntad del pueblo de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente por encima de cualquier desconocimiento que haga el Poder Constituido al Poder Constituyente Originario.

Esa Asamblea Nacional Constituyente tendrá todos los poderes para proceder a destituir, si así lo considerara conveniente y necesario a los intereses del país, a todos o algunos de los Poderes Constituidos, procediendo en tal caso a instalar un Gobierno de Transición hasta culminar la redacción de un nuevo texto constitucional para luego convocar nuevas elecciones.

Las reglas para llevar a cabo ese proceso, están contenidas en ese documento, incluyendo cómo y quiénes lo conducirán, estableciendo los parámetros para la elección de aquellos que participarán como constituyentes en esa Asamblea Nacional Constituyente.  ¿De dónde sale la legitimidad de aquellos a quienes les toque conducir el proceso de acuerdo a esas Bases Constituyentes? Del mismo pueblo quien con su firma da su autorización para iniciar el proceso, con las reglas que ese mismo pueblo convocante aprueba a través de la Planilla de Recolección de Firmas, esto es, las Bases Constituyentes. Quien no las desee aprobar (están publicadas desde ya casi un año) está en su perfecto derecho de no firmarlas, pero de ser aprobarlas por un mínimo del 15%, del Registro Civil y Electoral, Venezuela debe entrar a un proceso de elección constituyente conducido por el Poder Originario, con esas Bases Constituyentes, tal y cual está establecido en la Carta Magna.

Dado el carácter novedoso de este proceso, y aun cuando la estructura fundamental sobre la cual está construida la propuesta no ha variado –Poder Constituyente sobre Poder Constituido- si han variado algunos aspectos relacionados con el detalle del cómo realizarlo en la redacción del documento desde su comienzo, siempre respetando el principio democrático y de representación proporcional. Es un dicho muy conocido “el diablo está en los detalles”, y permanentemente aparecen nuevas observaciones.

Pero eso no nos ha detenido en el proceso de la conformación de las Juntas Activadoras del Poder Constituyente Originario a nivel nacional. No es fácil conciliar la práctica –el levantamiento de las firmas- con el detalle de la implementación ya que nunca terminaríamos de arrancar. Esto nos lleva a estar ajustando el documento aun cuando haya firmas en proceso, y a explicar muy bien y permanentemente a los venezolanos las actualizaciones que hagamos de la implantación, y es por ello que las JAPCOs deben estar muy bien formadas e informadas de cada paso que de la Alianza para mantener actualizados a su vez a todos los que ya hayan firmado, en aras de garantizar la transparencia de todo el proceso constituyente originario.

“¿Dónde iremos a buscar modelos?  La América Española es original. Original han de ser sus instituciones y su Gobierno. Y originales lo medios de fundar unas y otro. O inventamos o erramos…” decía el Maestro Simón Rodríguez. Somos seres humanos y podemos equivocarnos y seguramente lo hemos hecho en este proceso. Sin embargo, de este gravísimo problema que tenemos los venezolanos solo saldremos con soluciones originales. Si alguien tiene alguna otra solución, bienvenida sea y la queremos conocer. Pero que su solución no sea destruir lo que hemos concebido, sin proponer otro camino que podamos seguir los venezolanos. Y lo menos que pedimos es que se nos muestre algo de la profundidad y seriedad con la que estamos planteando estas Bases Constituyentes, de una manera pública y abierta.

Desde la Alianza Nacional Constituyente creemos que esta es la vía constitucional, pacífica, democrática y participativa, muy concreta para recorrer el camino de lograr la libertad en Venezuela. Conlleva riesgos, esfuerzo, trabajo, costos de una manera continuada y permanente, en el desarrollo de una estrategia hasta conseguir el éxito. No es una manifestación espasmódica que pretenda salir en un día del régimen. Es un plan serio para reconstruir Venezuela, donde las movilizaciones tendrán su momento justo y serán para defender el principio universal de que es la Soberanía Popular la única que decide el destino de un país, incluyendo quitar y poner gobiernos, nadie más. Luego de tanta decepción, los venezolanos no nos merecemos menos que eso…

Caracas, 22 de Febrero de 2017

Twitter:@laguana

sábado, 18 de febrero de 2017

Solo existen dos modelos de Estado Federal por Luis Balo Farias

Después de años de estudio sistemático y la eterna confusión y desolación que proveen las interpretaciones convencionales, aprendimos después de no pocas discusiones, lecturas y oraciones, a identificar el origen de la crisis Venezolana; para entenderla en su justa dimensión es necesario dedicarle tiempo y puntualizar algunos conceptos.

(Decía mi madre quien fue una excelente maestra "si no lo sabemos, aprendemos y si ya lo sabemos, repasamos) veamos: Los ciudadanos venezolanos hacemos vida dentro del territorio nacional y a "eso" lo llamamos El Estado federal.

Pero, ¿que significado tienen las palabras Estado Federal?

Estado: Puede definírsele como la organización en la que confluyen tres elementos, la autoridad, la población (los ciudadanos) y el territorio. 

Federal: viene del latín Foedus  y significa pacto, convenio o alianza,

Estado Federal: Se le llama a el convenio o pacto de una sociedad para respetar las leyes (la constitución) que va a regir a una población (habitantes o ciudadanos) dentro de un territorio determinado (el país) a través de la autoridad (el gobierno) o sea el pacto que los habitantes de un país suscribimos, y aceptamos, para respetar las leyes que nos dimos, dentro del país en el que vivimos; es un pacto a cumplirse, entre los que van a gobernar y los que van a ser gobernados.

Existen dos modelos diferentes de Estado federal, según la cantidad de poder que las constituciones le otorguen a sus Gobiernos civiles, por imperativo de dos principios políticos opuestos: A) el de la centralización del poder y B) el de la descentralización del poder.

•      A) El modelo de Estado Federal de poder Centralizado (EFC) a cuyo Gobierno civil se le otorga un poder ilimitado centralizado en una persona (Rey, Presidente, Emir).
Este modelo centralista del poder, lo creó el rey Hammurabi en Babilonia (1770 aC), quien organizó el gobierno del naciente imperio babilónico como una federación de  provincias y ciudades, donde el gobierno lo ejercía una sola persona (monarquía o gobierno de uno). 
El EFC nace por un pacto entre personas con poder militar o económico que lo imponen por la fuerza o el engaño; NO, se instaura mediante un pacto entre gobernantes y gobernados. Bajo este modelo centralista heredado de la colonia española, hoy dia se desarrolla la vida en Venezuela.
 
El mal que nos aqueja en Venezuela desde hace 200 años, es este Estado Federal Centralizado (EFC) colonial español que subsiste en las Constituciones desde la de 1819 hasta las siamesas de 1961/1999,

Este EFC posee tres caracteristicas: 
1) Una federación de nueve provincias que dieron nacimiento a la federación que es Venezuela hoy, 23 estados y 335 municipios dependientes de  
2) Un Gobierno civil de poder ilimitado centralizado en el Jefe del Estado, que ayer era el Capitán General y hoy es el Presidente de la República quien dominaba completamente durante la colonia una 
3) Economía mercantilista donde la propiedad de la tierra y sus recursos minerales, el comercio y la moneda estaba centralizada en el Capitán General Jefe del Gobierno Civil del Estado que hoy es la economía petrolera rentista monopólica dominada completamente y centralizada en el Presidente de la República: dueño constitucional de PDVSA, CVG, resto de las más grandes empresas, de la tierra cultivable y urbanizable, de la recaudación fiscal, del BCV y del precio de la moneda.

En nuestro país hace rato largo “se cumplió la ley del Ciclo de vida de los Estados Federales Centralizados (EFC)” 
En pocas palabras: el centralismo cumplió su ciclo de vida; según esta ley los EFC: 1) NACEN por pactos o acuerdos políticos explícitos o encubiertos para fundar países mediante Constituciones que centralizan el poder político, en gobiernos  fuertes y autoritarios. 2) CRECEN por multiplicación de organismos gubernamentales centrales y obras nacionales para consolidar los países que luego dan paso a democracias representativas y 3) MUEREN técnicamente ahogados en la pobreza, corrupción, miseria, ignorancia, injusticia, exclusión social y malversación acumuladas que ellos mismos generan, por la incapacidad estructural y funcional que le son inherentes que resultan en megacrisis y devastaciones integrales ante las cuales son  impotentes (situación actual del país)…


•      B)  El otro modelo es el de Estado Federal de poder Descentralizado (EFD) Que es aquel cuyo Gobierno civil tiene poder limitado, y descentralizado en la mayor cantidad de instancias y personas que ejercen de manera conjunta el poder político, económico, educativo, judicial, militar, etc. se hacen contrapeso y vigilan mutuamente; tambien llamado gobierno de muchos, poliarquía o Estado de las autonomías.
Este modelo nació de un Pacto Social en Canaán. (1.112 aC) y se instaura mediante un  pacto entre gobernantes y gobernados, primero se llamó Leyes del Reino, Acta de Derechos, luego Pacto Social y después Constitución Política.




El primer EFD lo tuvieron los judíos que después de 400 años de esclavitud salieron de Egipto, y tras  tomar posesión de la tierra prometida, decidieron crear un Estado con forma de monarquía constitucional mediante un proceso constituyente durante el cual una Asamblea Constituyente de representantes de las 13 regiones de Israel redactó un Pacto Social o Constitución que denominaron Acta de Derechos Pacto o Leyes del Reino ("Vinieron todos los ancianos de Israel ... y David hizo pacto con ellos y lo hicieron rey") www.scribd.com/jbelisario; este proceso constituyente fue rescatado por los calvinistas (siglos XVI y XVII) y utilizado para fundar en 1787 los EE UU como una República Federal, una Federación o como ellos la llaman, una Unión (en lugar de monarquía) constitucional federal descentralizada de 13 colonias (estados) integralmente autónomas. Igual ocurrió en Canadá y luego, sin excepción, en todos los países del primer Mundo. Los que actualmente exhiben las calidades de vida más altas del planeta.

Este Modelo EF Descentralizado es tan bueno, eficaz y eficiente que en toda la tierra, incluidos los países del III Mundo, las principales actividades de la sociedad se organizan y gobiernan mediante EFD llamados federaciones. Las industrias, comercios, sindicatos, los deportes, los condominios de edificios, conjuntos residenciales, los Centros Comerciales y los gremios son federaciones, son EFD. Funcionan muy bien, el Presidente de cada federación tiene sus atribuciones indicadas en los Estatutos, cada entidad federada es autónoma y tiene su propio estatuto compatible con el de la Federación. 

Pero el EF Descentralizado no se aplica en todo el país. Esta es una paradoja brutal y destructiva; deberíamos ser una federación floreciente y progresista  de 23 estados y 335 municipios autónomos; y lo que somos es una federación  pobre y atrasada.

Y no es un hecho fortuito: La centralización del poder político y económico ilimitado en los Jefes del Estado o Jefes de Gobierno, a medida que crece la población, los problemas y la complejidad de la administración de los asuntos públicos, convierte al Gobierno, independientemente de la personalidad o voluntad de los gobernantes;  en un generador de pobreza, opresión, atraso y corrupción; desde el punto de vista, humano y administrativo es imposible para un Presidente de la República y sus colaboradores, que teniendo todo el poder y las mejores intenciones, puedan  gerenciar con eficiencia las innumerables necesidades y complejidades del desarrollo del país… www.scribd.com/jbelisario...


SENCILLAMENTE LLEGO LA HORA DE DESCENTRALIZAR EL PODER EN EL PAIS.


 @balofarias